La División de Servicios de Protección Infantil del Departamento de Servicios de Protección y Familia de Texas investiga las quejas de niños abandonados o maltratados. CPS también administra el sistema de cuidado de crianza e investiga a las personas que desean adoptar un niño. Aunque la seguridad del niño es primordial, CPS hará todos los esfuerzos razonables para mantener a la familia intacta mientras la seguridad del niño parezca cierta.
Confidencialidad
Los trabajadores de CPS no pueden divulgar información que pueda identificar a la persona que presenta una queja a los padres de un niño presuntamente víctima de negligencia o abuso. CPS no puede divulgar esta información al público, al niño o al representante de los padres. La información sobre el niño y sus padres también es confidencial. CPS puede divulgar información confidencial con el consentimiento del cliente a los padres adoptivos de un niño como parte de la acusación o investigación relacionada con un programa federal o estatal o con el propio niño después de que llegue a la edad adulta. Otras agencias médicas o sociales, agencias de aplicación de la ley, abogados de distrito y jueces pueden recibir datos confidenciales según sea necesario. Una vez que CPS cierra un caso y el período de retención caduca, CPS debe eliminar la información de su base de datos y destruir todos los archivos en papel de una manera que no comprometa la información confidencial.
Aceptar la responsabilidad de las quejas
CPS solo investiga casos si es el departamento legalmente responsable y si el niño parece necesitar protección que justifique una investigación. Si ha ocurrido abuso o negligencia y existe peligro de abuso repetido o negligencia, o si es razonable que ocurra abuso o negligencia en un futuro cercano, CPS puede investigar. Si una queja informa de abuso o negligencia en el pasado, pero el niño está fuera de peligro, CPS remite la queja a la agencia de policía correspondiente para que la investigue como un posible caso criminal. CPS no investigará las quejas que carecen de detalles suficientes para permitir que el departamento determine si se cumplen las definiciones legales de negligencia y abuso.
Entrevistar a presuntas víctimas y padres
Los trabajadores de CPS deben obtener el permiso de un padre para ingresar al hogar y entrevistar a un niño presuntamente víctima de abuso o negligencia, a menos que el trabajador tenga una orden judicial o crea que el niño está en peligro inmediato. Si el padre se niega a permitir que CPS entreviste al niño, el trabajador social no puede entrevistarlo en la escuela. Sin embargo, el trabajador social puede entrevistar al niño en la escuela si el padre no está presente y el consentimiento no ha sido rechazado previamente. Los trabajadores de CPS pueden perseguir una orden judicial para entrevistar o retirar al niño, y si el trabajador cree que el niño está en peligro inmediato, el trabajador puede retirarlo sin obtener una orden judicial. Durante el primer contacto con un presunto abusador, el trabajador de CPS debe decirle a la persona por qué CPS realiza la entrevista. El trabajador de CPS debe proporcionar una identificación si se lo solicita, identificarse como trabajador de casos de CPS, revisar cada alegación y solicitar una explicación o respuesta, y documentar las respuestas de los entrevistados.
Información Variada
El CPS puede obtener una verificación de antecedentes penales de los presuntos autores, otras personas que viven en el hogar y, si los padres lo solicitan, una persona que cuida a la víctima en el hogar del proveedor. CPS puede, pero no está obligado a, anunciar visitas a domicilio con anticipación. La ley de Texas requiere que cualquier persona con una creencia razonable de que un niño ha sido descuidado o maltratado se comunique con una agencia de cumplimiento de la ley o el CPS. Aunque CPS desalienta los informes anónimos, la agencia los investigará si parecen ser reales y contienen información suficiente.