Ya sea que sea un nuevo propietario o un experimentado, llegará un momento en que tendrá que desalojar a alguien de su propiedad. Aunque nunca es una experiencia agradable, es algo que se puede tolerar si sigues cierto protocolo. Esto no solo lo mantendrá en conformidad, sino que también garantizará que el proceso se realice de la manera más humanitaria posible.
Artículos que necesitarás
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Notificación por escrito de la presentación
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Franqueo para enviar por correo el aviso y la devolución de los documentos de presentación.
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Cargos por servidor de proceso o Sheriff del Condado
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Tarifa de presentación ante el tribunal (la cantidad dependerá del estado)
Reunir documentos. Obtenga una copia de cualquier contrato de alquiler que tenga con el inquilino, cheques cancelados, así como cualquier otro documento legal pertinente, como un anexo al acuerdo. Revise cuidadosamente cada documento.
Escriba un aviso de desalojo formal. Primero debe terminar el contrato de arrendamiento. Esto se hace notificando por escrito a su inquilino que desea que desalojen la propiedad dentro de un período de tiempo determinado o de lo contrario iniciará una acción legal. Esto se puede hacer administrando varios tipos de avisos.
Aviso de desalojo por una molestia: Este aviso se usa cuando los inquilinos son una molestia. Por ejemplo, esto es aplicable si destruyen su propiedad o tienen partes ruidosas y molestas.
Aviso de desalojo: este tipo de aviso se usa cuando su inquilino está violando uno o más de los términos de su contrato de arrendamiento. Por ejemplo, si su contrato de arrendamiento no requiere mascotas y el inquilino tiene un perro, entonces no cumplen con el contrato de arrendamiento.
Aviso para pagar el alquiler: este tipo de aviso se usa cuando su inquilino se niega a pagar el alquiler o se muda según lo prometido. Asesoramiento para ningún acuerdo escrito. Si no tiene un acuerdo por escrito con su inquilino, puede enviar un aviso para rescindir la tenencia incluso sin un contrato de arrendamiento. Este tipo de acuerdo se otorga para los inquilinos de una semana a otra o para aquellos que residen en su propiedad con su consentimiento, pero nunca se creó ningún documento formal.
Obtenga copias de su aviso.Haga cinco copias de su notificación (dos para usted, dos para el secretario de la Corte y una para el inquilino) y llévela al Secretario de la oficina del Tribunal en su estado específico. Una vez que llegue allí, le dará al secretario su tarifa de presentación (que variará dependiendo de su estado específico) todos los documentos de respaldo (arrendamientos) y dos copias de su aviso. A cambio, se le dará una fecha de corte y dos citaciones firmadas (una para usted y otra para el inquilino).
Servir al inquilino. Debe entregarle al inquilino la notificación de citación / sello que ha presentado ante el secretario del tribunal. Esto se hace llevando la notificación presentada, los documentos del tribunal a un servidor de procesadores privado, la Oficina del Sheriff del Condado o una persona de 18 años que no esté involucrada en la demanda. Luego deberán "entregar" los documentos entregándolos al inquilino o a alguien en la residencia que tenga 15 años o más, colocando la información en la puerta del residente o enviándola por correo al inquilino.
Devolución completa del servicio. Posteriormente, la persona que "sirve" los documentos debe completar el documento de Devolución del Servicio que se encuentra en la parte posterior de la citación firmada.
Devolver citaciones firmadas. Por último, devolverá la citación firmada al Secretario de la Oficina del Tribunal para que la presente. Nota: debe completar TODOS los pasos para que sea válido. Para encontrar la ubicación de su Secretario de la Corte, busque en sus páginas amarillas.
El inquilino puede presentar una respuesta y una contrademanda antes de la fecha de corte si así lo prefiere. Si no, pueden declarar su caso en el juicio. Si el tribunal decide a su favor, el inquilino es desalojado y debe mudarse dentro de 3 a 7 días. Por otro lado, si se les permite quedarse después de cumplir con las condiciones estipuladas por el juez. En este punto, el juez puede emitir una Orden de restitución y luego el Sheriff puede desalojar a la persona después de que hayan transcurrido los 3 a 7 días.