En el mundo de las organizaciones sin fines de lucro, una fusión se refiere a la absorción de una entidad por otra. La corporación absorbente, conocida como el "sobreviviente", asume los pasivos y activos de la corporación que se ha fusionado con ella. La fusión puede ser un proceso difícil y lento en el cual los consejos de ambas organizaciones deben tomar decisiones dolorosas. Antes de entrar en una fusión, revise lo que se debe hacer, y si la fusión se debe llevar a cabo.
Auto evaluación
Antes de que comience el proceso de fusión, ambas organizaciones deben completar una evaluación honesta de sus fortalezas y debilidades. Estos incluyen aspectos tales como deudas y activos, así como culturas y valores organizacionales. Ambas juntas deben preguntarse si se beneficiarán de la fusión, o si será mejor disolver la organización a punto de ser absorbida.
Crear un Comité de Fusiones
Una vez que ambas organizaciones hayan determinado que una fusión será la mejor opción para ambas, deben designar un comité para manejar el proceso. El comité debe estar compuesto por un liderazgo clave de ambas organizaciones, a saber, los directores ejecutivos y los miembros de la junta. En las reuniones del comité, los miembros deben llegar a conclusiones, por ejemplo, qué organización sobrevivirá, cómo se llamará, quién la dirigirá, cuál será su misión y qué nuevos servicios ofrecerá.
Asignación y delegación de funciones
Una vez que ambas organizaciones hayan llegado a conclusiones sobre la dirección que tomará la nueva entidad, los miembros del comité de fusión deben comenzar a delegar y asignar las tareas necesarias para completar el proceso. Dichos deberes incluyen la responsabilidad de completar formularios legales y enviarlos a las oficinas gubernamentales correctas, mudar oficinas si es necesario, así como anunciar la fusión.
Presentación de nuevos documentos legales
La fusión se convierte en oficial cuando la organización sobreviviente presenta nuevos documentos legales a las autoridades legales del estado. Se debe presentar un Acuerdo de fusión ante la oficina del fiscal general del estado, así como todas las actas de la junta y las resoluciones relacionadas con la fusión y los estados financieros actuales de la nueva organización. La organización sobreviviente presenta nuevos artículos de incorporación con el estado, que actúan como su constitución.