Los oficiales del servicio exterior representan a los Estados Unidos en todo el mundo. Los planes de jubilación y los beneficios de los empleados de la Oficina del Servicio Exterior del Departamento de Estado de EE. UU. Se dividen en dos categorías, según el momento en que el empleado comenzó a trabajar. Al jubilarse, los empleados reciben una anualidad además de otros beneficios de jubilación.
Sistema de jubilación y discapacidad del servicio exterior
El FSRDS es el mayor de dos planes de jubilación, y generalmente se limita a los trabajadores del Servicio Exterior de carrera que ingresaron a la fuerza laboral federal antes del 1 de enero de 1984 o que han sido empleados por el gobierno de los EE. UU. Con una interrupción en el empleo que ocurrió antes del 31 de diciembre., 1983. Aquellos con una interrupción de un año o menos desde 1984 también califican para participar en el plan. Los empleados inscritos en FSRDS contribuyen con el 7.25 por ciento de su salario base en el plan de jubilación.
Compensación del sistema de jubilación y discapacidad del servicio exterior
El plan de compensación FSRDS surgió a mediados de la década de 1980 cuando los nuevos empleados del Servicio Exterior y otros empleados federales se volvieron elegibles para los beneficios del Seguro Social. A diferencia del plan FSRDS original, estos empleados reciben cobertura bajo el plan de compensación y también reciben Seguro Social al jubilarse. El plan de compensación solo está disponible para aquellos trabajadores del Servicio Exterior con un mínimo de cinco años de créditos de servicio federal federal antes del 1 de enero de 1987. Los inscritos en el plan de compensación pagan 1.06 por ciento de los salarios básicos al plan hasta el límite anual de la Seguridad Social., así como el 6,2 por ciento de los salarios básicos a la Seguridad Social. En los salarios anuales por encima del límite de la Seguridad Social, los empleados contribuyen con el 7.25 por ciento de los salarios básicos a las FSRDS.
Jubilación conyugal del Servicio Exterior
Si el cónyuge del Oficial del Servicio Exterior trabajaba en misiones en el exterior de los Estados Unidos bajo el sistema de Nombramiento de Miembros de la Familia, él califica para los beneficios de jubilación. Tales beneficios están bajo los auspicios del Sistema de Retiro de Empleados Federales (FERS). Estos cónyuges también pueden contribuir al plan de ahorro de ahorro federal, un plan de inversión para ahorros de jubilación complementarios. Los beneficios del cónyuge sobreviviente para las personas casadas con funcionarios del Servicio Exterior son manejados por la Oficina de Retiro del Departamento de Estado
Beneficios de salud y seguros de vida
Los empleados que se jubilen con una anualidad inmediata pueden conservar los beneficios de salud si están inscritos continuamente en el sistema de atención médica federal o militar, o están cubiertos por estos planes como miembro de la familia. Continuamente se define como para todos los servicios del empleado o para los cinco años inmediatamente anteriores a la jubilación. Los empleados continúan recibiendo un seguro de vida básico después de la jubilación si están asegurados en el momento de la jubilación y no convierten la póliza básica en una póliza individual. Los empleados elegibles deben recibir cobertura de seguro de vida básico al menos cinco años inmediatamente antes de la jubilación, y no pueden haber recibido pagos de beneficios de seguro de vida en ese período de tiempo.