¿Cuándo se deben las devoluciones de impuestos sin fines de lucro?

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Anonim

Las organizaciones sin fines de lucro deben presentar el Formulario 990 (o el más corto 990-EZ) anualmente para mantener su posición exenta de impuestos con el Servicio de Impuestos Internos. Esta es una declaración de información, exigida por la Sección 6033 del Código de Rentas Internas, que detalla los hechos clave sobre la organización sin fines de lucro y sus actividades y garantiza el cumplimiento de todas las regulaciones aplicables.

Fechas de vencimiento

Todos los formularios correspondientes deben presentarse anualmente antes del día 15 del quinto mes posterior al año fiscal de la organización sin fines de lucro. Esto incluye los Formularios 990 y 990-EZ, el Anexo A (para información como la compensación y los gastos del contratista independiente) y el Formulario 990-T para organizaciones con más de $ 1,000 en ingresos brutos de una actividad paralela. La mayoría de las organizaciones sin fines de lucro se adhieren a un año calendario, por lo que la fecha límite suele ser el 15 de mayo o el siguiente día hábil después de un fin de semana o feriado.

Extensión automática

El Servicio de Impuestos Internos permite a las organizaciones sin fines de lucro calificar para una extensión automática de hasta tres meses para todos los documentos que se deben. Esto cae bajo el Formulario 8868, la Solicitud de Extensión de Tiempo para Presentar una Declaración de Organización Exenta. Las organizaciones sin fines de lucro deben usar este privilegio con moderación, ya que su facilidad y naturaleza automática pueden llevar a una crisis de papeleo cuando se alcance la nueva fecha límite.

Extensión adicional

En casos de dificultades o circunstancias fuera de su control, la organización sin fines de lucro puede solicitar una extensión adicional de tres meses adicionales. El formulario 8868 se usa nuevamente, con la Parte II completamente llena en este caso. La extensión automática ya debe haber sido solicitada y la aceptación de esta nueva aplicación no está asegurada. La organización debe ser capaz de demostrar la necesidad de un mayor retraso.

Sin fecha de vencimiento

Las organizaciones sin fines de lucro no están obligadas a presentar el Formulario 990 o el 990-EZ si no recibieron más de $ 25,000 en un año fiscal determinado. Las instrucciones del formulario 990 detallan los parámetros y las exenciones aplicables para cumplir con esta prueba de ingresos brutos. Incluso si no es necesario presentar una solicitud, es posible que dichas organizaciones quieran hacerlo de todos modos, por razones de práctica, credibilidad y conocimiento de los donantes.