El Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York administra el fondo de beneficios de desempleo del estado de conformidad con la Ley de Seguro de Desempleo del Estado de Nueva York. La mayoría de los empleadores están obligados a pagar las cotizaciones de desempleo para sus empleados. Sin embargo, los contratistas independientes, los propietarios autónomos y los propietarios de pequeñas empresas, excluidas las corporaciones, no pueden pagar impuestos de desempleo por sus propios beneficios de seguro de desempleo. Aunque algunos estados permiten la contribución voluntaria, Nueva York no lo hace.
Resumen de los beneficios del seguro de desempleo de Nueva York
Los empleadores de Nueva York pagan impuestos de desempleo para financiar el fondo de seguro de desempleo, y no pueden exigir que sus empleados contribuyan a sus beneficios de desempleo. Los beneficios por desempleo de Nueva York están disponibles para trabajadores despedidos sin culpa y establecen elegibilidad monetaria. Para recibir beneficios por desempleo, los empleados deben haber trabajado en un empleo cubierto y haber recibido al menos $ 1,600 en salarios de empleo durante un trimestre calendario de empleo en un período base. Los trabajadores desempleados elegibles reciben hasta 26 semanas de beneficios estándar, pero pueden calificar para beneficios extendidos si agotan sus beneficios estándar. Cada trabajador desempleado recibe hasta 1/26 del salario semanal de su cuarto más alto de desempleo.
Ley de seguro de desempleo del estado de Nueva York
De acuerdo con la Ley de Seguro de Desempleo del Estado de Nueva York, los contratistas independientes y los propietarios de pequeñas empresas no pueden pagar voluntariamente los beneficios de desempleo para cubrirse. La ley de Nueva York permite a los funcionarios corporativos pagar los beneficios de desempleo por sí mismos, y los funcionarios corporativos pueden recibir beneficios de desempleo si sus empresas pagan impuestos de desempleo por sus servicios. Todos los oficiales corporativos que realizan servicios para sus corporaciones son empleados, de acuerdo con la Ley de Seguro de Desempleo de Nueva York. Su compensación está sujeta a impuestos, y si la mayoría de los propietarios o directores terminan sus servicios, pueden calificar para recibir beneficios.
Excepciones
Si bien los propietarios de negocios desempleados no califican para los beneficios de desempleo si se quedan desempleados después de crear sus propias compañías, pueden calificar para recibir beneficios si crean sus propias compañías después de calificar por primera vez para recibir beneficios de desempleo. En otras palabras, los propietarios de empresas desempleadas pueden recibir beneficios de desempleo si inician sus empresas después de sufrir despidos de empleadores anteriores. Sin embargo, es posible que no califiquen para los beneficios de desempleo si se quedan sin empleo después de comenzar sus propias empresas.
Programa de asistencia de autoempleo
Los trabajadores desempleados que se inscriben en el Programa de Asistencia de Autoempleo (SEAP, por sus siglas en inglés) y comienzan sus propias compañías califican para recibir beneficios de desempleo. SEAP es un programa conjunto federal y estatal para ayudar a los solicitantes de desempleo elegibles a comenzar sus propias compañías sin perder sus capacidades para cobrar beneficios de desempleo. Para participar en SEAP, el Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York debe primero determinar que un trabajador probablemente agote sus beneficios de desempleo.
Definición de empleado
Los trabajadores desempleados no pueden calificar para los beneficios de desempleo sin primero inscribirse en SEAP. Bajo la ley de Nueva York, el Departamento de Trabajo no permitirá que los dueños de negocios y contratistas independientes cobren beneficios de desempleo aunque no ganen una compensación. Mientras un empleado trabaje como propietario de un negocio, incluso sin remuneración ni ganancias, la ley de Nueva York lo considera empleado.