Especificaciones de la vanidad de ADA

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Anonim

La Ley Federal de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) requiere que los dueños de negocios hagan que sus instalaciones sean accesibles para personas con discapacidades. Bajo el Título III de la ley, cualquier persona que opere un "lugar de alojamiento público", como una tienda, restaurante, teatro u otro lugar abierto al público, debe cumplir con ciertas reglas, que incluyen garantizar el acceso a los lavamanos y vanidades de las personas que utilizar una silla de ruedas.

Normas federales

La Junta de Acceso de los Estados Unidos, la agencia federal a cargo de establecer las regulaciones para el cumplimiento de ADA en la construcción y el diseño, brinda información detallada sobre los requisitos de altura y espacio para lavabos, tocadores y otros accesorios. Consultar los lineamientos es esencial para cualquier propietario de negocio que emprenda un nuevo proyecto de construcción. A partir de 2010, la construcción que comienza después del 15 de marzo de 2012 debe cumplir con los estándares más recientes establecidos por el gobierno federal.

Requisitos de altura

De acuerdo con el Capítulo 6 de las Pautas de accesibilidad federales de la ADA, la parte más alta del borde del lavamanos o la superficie del mostrador debe instalarse a no más de 34 pulgadas sobre el piso o el piso. El Capítulo 3 de las regulaciones especifica que una persona en silla de ruedas no debería tener que alcanzar más de 48 pulgadas por encima del suelo para operar los grifos, si el fregadero sobresale de la pared 20 pulgadas o menos. Para un fregadero de entre 20 y 25 pulgadas de profundidad, los controles del grifo solo pueden estar a 44 pulgadas sobre el piso.

Otras consideraciones relevantes

La ADA también establece estándares mínimos para otros accesorios de baño. Por ejemplo, el borde inferior de la superficie reflectante de un espejo instalado sobre un inodoro o mostrador no debe estar a más de 40 pulgadas del piso o suelo. Los espejos que no estén ubicados sobre los lavabos o encimeras deben instalarse con el borde inferior de la superficie reflectante a un máximo de 35 pulgadas sobre el piso o el suelo. Además, los estantes para abrigos deben estar ubicados a 40 pulgadas como mínimo y 48 pulgadas como máximo sobre el piso.

Posibles sanciones

El Departamento de Justicia está autorizado a presentar demandas en un tribunal federal para hacer cumplir la ADA. Según el Título III de la ley, el Departamento de Justicia puede obtener multas civiles de hasta $ 55,000 por la primera violación y $ 110,000 por cualquier violación posterior, a partir de 2011. Una persona que posee o opera un lugar de alojamiento público que no cumple con las normas ADA También puede ser responsable por daños monetarios a los usuarios que no pueden usar o disfrutar de las instalaciones que no cumplen con los requisitos.