¿Qué es el límite de cada ocurrencia en el seguro de responsabilidad civil general?

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Anonim

Las pólizas de responsabilidad comercial general definen la cantidad de seguro que pagarán en nombre del asegurado como un límite de responsabilidad. Las pólizas pueden contener varios tipos de límites y el límite de cada ocurrencia es el máximo que pagará la póliza en caso de cualquier reclamo o ocurrencia. Si una política también contiene un límite general agregado, el agregado es el máximo que la política pagará en total, independientemente del número de ocurrencias.

Límite de responsabilidad

La página de declaraciones de una política de responsabilidad civil general indicará exactamente cuánto pagará la política a terceros por reclamaciones en nombre de su asegurado. Al comprar un seguro, el asegurado especificará la cantidad de cobertura que desea y se cobrará una prima correspondiente. Cuanto más altos sean los límites, mayor será la prima que se cobra, ya que esto brinda protección adicional al asegurado en caso de una reclamación.

Cada ocurrencia

Una ocurrencia en una póliza de responsabilidad general generalmente se define como un incidente o una serie de incidentes que dan lugar a lesiones corporales o daños a la propiedad que resultan en una reclamación contra el asegurado. Cuando se reporta la reclamación a la compañía de seguros, el asegurado puede esperar que la cantidad máxima pagada a la tercera parte se limite a la cantidad de cada evento especificado en la página de declaraciones de la póliza.

Agregado General

Desde mediados de la década de 1980, las pólizas estándar de responsabilidad general contienen un límite general agregado, que es el monto máximo que la póliza pagará en nombre del asegurado. Sin un límite general agregado, la política está obligada a pagar hasta el límite de cada ocurrencia para un número ilimitado de ocurrencias. Esta exposición sin límites presenta una importante exposición potencial a la compañía de seguros. El agregado general limitará la exposición total de la política independientemente del número de ocurrencias. Una vez que el agregado se ha pagado, la póliza se considera agotada.

Pagos suplementarios

Ciertos gastos en la gestión de una reclamación de seguro están clasificados por la política de responsabilidad civil general como pagos complementarios, que no cuentan para el límite de responsabilidad. Ejemplos comunes son las tarifas de los bonos, los intereses prejuzgados y los gastos de defensa legal. No todas las políticas tratan los pagos suplementarios de la misma manera. En algunas políticas, los pagos complementarios sí cuentan y agotan el límite de responsabilidad de cada ocurrencia. Cuando no agotan los límites, el asegurado puede considerar que la póliza tiene un beneficio que excede el límite establecido en cada caso.