El Código de Ingresos Internos 501 (c) (3) permite la exención de impuestos para iglesias y ministerios sin fines de lucro. La solicitud es bastante sencilla, debe cumplir estrictos requisitos financieros y políticos antes de que su ministerio pueda ser aprobado. No todas las iglesias o ministerios tienen que obtener el estatus 501 (c) (3) para estar exentos de impuestos, pero esta designación es necesaria para que cualquier contribución al ministerio sea deducible de impuestos.
Asegúrese de que su ministerio califique para el estado 501 (c) (3) exento de impuestos según la ley como una organización operada exclusivamente para fines religiosos, científicos, educativos o caritativos con ganancias que no benefician a ningún individuo privado o accionista; Sin vínculos políticos ni influencia en la legislación; y sin violación de ninguna ley o política pública.
Obtenga un número de identificación del empleador (EIN) del IRS al completar la Solicitud S-4 para el Número de identificación del empleador. Si solicita un EIN al mismo tiempo que el estado 501 (c) (3), presente el Formulario SS-4 del IRS con su solicitud.
Presente su solicitud ante el IRS enviando el Formulario 1023, Solicitud de reconocimiento de exención bajo la Sección 501 (c) (3) del Código de Ingresos Internos dentro de los 27 meses posteriores a la organización de su ministerio.
Incluya la tarifa de presentación no reembolsable en su solicitud. El monto de la tarifa varía y se puede encontrar en el sitio web de Organizaciones Exentas (IR) del IRS bajo la división de Entidades gubernamentales y exentas de impuestos del IRS en www.irs.gov/eo o llamando al (877) 829-5500.
Espere su aprobación para notificarle de su estado de exención de impuestos conforme a 501 (c) (3) del Código de Ingresos Internos.