Cómo calcular la depreciación de medio trimestre

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Anonim

Existen varios métodos para depreciar los activos relacionados con el negocio para recuperar el costo de dichos activos. El Sistema Modificado de Recuperación de Costos Acelerados (MACRS, por sus siglas en inglés) a menudo se favorece para los activos tangibles y depreciables utilizados para una actividad comercial o de negocios para la producción de ingresos, ya que recupera los costos más rápido que algunos de los otros métodos aceptables. MACRS calcula la depreciación utilizando las tasas de porcentaje publicadas por el IRS. El Código de Ingresos Internos estipula que, en algunos casos, se requiere una convención de medio trimestre para el cálculo de la depreciación utilizando MACRS.

Determine si el activo en cuestión califica para el uso de la depreciación de MACRS. Los edificios, las mejoras de terreno y el equipo califican si se usan en un comercio o negocio, siempre y cuando tengan una vida determinada. La tierra, los activos intangibles y los activos para uso personal no califican.

Reste la elección de la Sección 179 de la base original del activo para calcular la base depreciable. Este es el monto del costo que se recuperará durante la vida útil del activo.

Determine si el activo es propiedad personal, esencialmente cualquier cosa que no esté vinculada o asociada con la tierra. La convención de medio trimestre se aplica a la propiedad personal.

Elija un período de recuperación disponible bajo MACRS que sea apropiado para el activo en cuestión; Se encuentran disponibles períodos de tres, cinco, siete, 10, 15 y 20 años. La propiedad personal generalmente cae en la clase de los períodos de recuperación de tres, cinco o siete años.

Utilice las tablas de porcentaje de MACRS publicadas por el IRS para calcular la deducción por depreciación para un trimestre determinado.

Consejos

  • El IRS requiere el uso de la convención de mitad de trimestre para todos los bienes personales que tuvieron más del 40 por ciento de su base depreciable puesta en servicio durante los últimos tres meses del año fiscal.