El Código de Construcción de Florida está dividido en ocho secciones principales. Las secciones que se aplican al reemplazo de una puerta o ventana son edificios, residenciales, edificios existentes y energía. Si planea reemplazar una puerta o ventana, primero debe cumplir con la sección de construcción existente. Los requisitos para recibir un permiso incluyen estándares mínimos en la estructura y los materiales utilizados, así como la planificación y el papeleo que debe recibir antes de que comiencen los trabajos.
Planificación
El contratista debe proporcionar una solicitud de permiso de construcción y un aviso de inicio para proyectos con un valor de $ 2,500 o más. La solicitud debe incluir una descripción detallada del reemplazo propuesto de ventanas y puertas en un plano de planta. El plano de planta debe describir la ubicación, los tamaños y las dimensiones de todas las ventanas y puertas.
Proceso de dar un título
Cada tipo de ventana y puerta debe ser aprobado por el estado de Florida o Miami Dade. Cada tipo debe venir con un número de aprobación del producto y el nombre del fabricante. También debe venir con instrucciones detalladas sobre el método de fijación de la puerta o ventana.
Dimensiones
De acuerdo con la sección 604.1 de la Sección de edificios existentes del Código de construcción de Florida, si reemplaza una puerta o ventana de una vivienda residencial, solo puede reducir las dimensiones de apertura despejadas existentes en un máximo del 5 por ciento. Todos los medios de egreso de un edificio, que incluyen puertas y ventanas, también deben cumplir con la sección 601.1 y el Capítulo 1 del Código de Construcción de la Florida.
Seccion 601
De acuerdo con la sección 601 del Código de Construcción de la Florida, que regula el reemplazo de partes de un edificio existente, no puede alterar un edificio de tal manera que sea menos seguro o eficiente en términos de energía. Esto significa que no puede reemplazar una puerta o ventana existente por una de las especificaciones inferiores en las áreas de seguridad y eficiencia energética. La única excepción es si la puerta o ventana de reemplazo cumple con las regulaciones actuales del Código de Construcción de Florida.
Velocidad del viento y protección contra impactos
Todas las ventanas y puertas de reemplazo deben cumplir con el mínimo de 130 millas por hora especificación de resistencia a la velocidad del viento. Esto también se aplica a las puertas corredizas y ventanas. Si instala persianas de protección contra impactos en la puerta y la ventana de reemplazo, debe tener un número de aprobación del Estado de Florida y un informe de evaluación del fabricante.