¿Cuáles son las pautas de la EEOC para un ambiente hostil?

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Anonim

Es ilegal acosar a los empleados en el trabajo debido a un rasgo que está protegido por las leyes de discriminación en el empleo, como raza, género, color, religión, origen nacional, edad o estado de discapacidad. Cuando ese acoso es tan severo que una persona razonable consideraría hostil y abusivo el entorno, podría calificar como un ambiente de trabajo hostil. Sin embargo, no hay una lista de verificación que pueda usar para hacer una determinación. La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos investiga cada reclamo y toma una decisión basada en los hechos y circunstancias específicas de cada reclamo.

Leyes de Discriminación en el Trabajo

Los trabajadores de compañías con 15 o más empleados están protegidos contra la discriminación en el empleo por tres leyes federales:

  • El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, religión, género y origen nacional.
  • La Ley de Discriminación por Edad en el Empleo de 1967 prohíbe la discriminación contra los trabajadores mayores de 40 años.
  • Los títulos I y V de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 prohíben la discriminación contra los trabajadores con discapacidades.

Estas leyes también prohíben la discriminación contra un empleado que presenta una queja por discriminación, participa en una investigación por discriminación o se opone a las prácticas discriminatorias. Muchos estados han promulgado leyes que extienden la protección contra la discriminación a otras características, como la orientación sexual.

Acoso

El acoso es un tipo de discriminación causada por el comportamiento individual. Puede tomar muchas formas, incluyendo lenguaje sexualmente explícito; insultos, insultos y insultos; Chistes, burlas y burlas; gestos lascivos, amenazas e intimidaciones; Y fotos ofensivas, caricaturas, objetos o materiales. Sin embargo, no todo el acoso es ilegal. La ley solo prohíbe el acoso dirigido a un empleado por una razón que la ley protege, como la raza, la edad o el género de la víctima. Por ejemplo, la intimidación en el lugar de trabajo porque a un supervisor no le gusta, puede ser perfectamente legal, independientemente del tipo de entorno que cree.

Ambiente de trabajo hostil

Si bien una sola broma o un comentario aislado puede causar un momento incómodo o incómodo, por lo general no es suficiente para establecer un entorno de trabajo hostil por sí solo. Para calificar como un ambiente hostil, el acoso debe ser generalizado, constante o tan severo que una persona razonable consideraría el entorno laboral intimidante o abusivo. El acoso puede ser causado por un supervisor, un compañero de trabajo o incluso un cliente, y la persona que hace un reclamo de entorno laboral hostil puede ser cualquier persona afectada por las conductas de acoso, incluso si no es el objetivo de la discriminación. Para hacer un reclamo de ambiente de trabajo hostil, un empleado no tiene que experimentar daños económicos.

Responsabilidad del empleador

Los empleadores generalmente son responsables de las acciones que los supervisores toman hacia los empleados. Si un supervisor crea un ambiente de trabajo hostil, la compañía debe demostrar que realizó esfuerzos razonables para corregir la situación y que el empleado afectado no aprovechó los esfuerzos de la compañía para rechazar la responsabilidad. Las empresas son responsables de un ambiente de trabajo hostil creado por otros empleados y no empleados que controla, como contratistas independientes, si tenían conocimiento o debían haber tenido conocimiento del acoso y no actuaron para prevenirlo o corregirlo.

Decisiones de la EEOC

No hay una lista de criterios que pueda utilizar para determinar si un entorno es hostil. Cuando un empleado hace una reclamación de entorno laboral hostil, la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los EE. UU. Investiga la reclamación y determina el resultado en función de los hechos y circunstancias específicas de la reclamación. Algunos casos en los que la EEOC encontró evidencia de un entorno laboral hostil incluyen compañías que:

  • Transmita oraciones diarias sobre el sistema de megafonía.

  • Se refiere a competidores japoneses que usan insultos e imágenes de guerreros samurai y luchadores de sumo.

  • Distribuyó los chistes ofensivos del día y elogió al empleado responsable de hacerlos circular.

  • Continuamente atormentaba a una empleada en una profesión dominada por hombres y repetidamente mostraba sus fotos de mujeres desnudas.