Las disputas entre personas o empresas sobre quién debe qué a quién descienden a veces a conflictos prolongados que requieren que un juez los resuelva. En algunos casos, una persona que tiene los medios pero no la voluntad de pagar una deuda válida no tiene en cuenta incluso el juicio del tribunal, lo que incita al acreedor a presentar un gravamen sobre los activos del deudor. El gravamen impide la venta o transferencia de bienes como una casa, automóvil o barco. Con un gravamen vigente, antes de que un título pueda transferirse a un nuevo propietario, todos los gravámenes pendientes deben pagarse por completo. Al colocar un derecho de retención en un barco, primero debe identificar si está registrado como un vehículo por el estado o documentado como un barco por la Guardia Costera de los Estados Unidos.
Barcos registrados como vehículo
Presentar una demanda. Una sentencia judicial debe acompañar el papeleo que autoriza el embargo preventivo. Si el juez falla a su favor, el tribunal emite una sentencia de deuda que puede usar para perseguir actividades de cobranza más agresivas, incluidos los embargos preventivos.
Visite el palacio de justicia del condado en la jurisdicción en la que el deudor hace su residencia principal, o visite una sucursal del departamento de vehículos motorizados del estado. Los barcos registrados como un vehículo se rigen por la ley estatal. Por lo general, los barcos de 16 a 25 pies de longitud se registran como vehículos y títulos emitidos, pero cada estado establece sus propios requisitos sobre el registro y titulación de barcos. En Kentucky, por ejemplo, todos los gravámenes se colocan en la oficina del secretario del condado donde reside el deudor, mientras que en Michigan, los documentos relacionados con el título (incluidos los gravámenes) se registran en la secretaría de las sucursales estatales.
Complete un documento de gravamen y envíelo al secretario del condado o al departamento estatal de vehículos motorizados. Cada estado tiene sus propias formas. A menudo se requiere una tasa de presentación. Por lo general, se debe incluir una copia de la sentencia con la documentación.
Embarcaciones registradas como embarcación
Presentar una demanda. Una sentencia judicial debe respaldar el papeleo que autoriza el embargo preventivo.
Prepare un aviso de gravamen al Centro Nacional de Documentación de Buques de la Guardia Costera de los Estados Unidos. El NVDC registra todos los barcos de más de 25 pies o para los cuales el propietario solicita documentación en lugar del registro estatal.
Haga un borrador de una carta certificada que indique el nombre del barco, el número, los nombres de cada reclamante de gravamen, la naturaleza del gravamen, la fecha del fallo de la deuda y el monto total adeudado.
Envíe el aviso de embargo al Centro Nacional de Documentación de Embarcaciones, Guardia Costera de los EE. UU., 792 T J Jackson Drive, Falling Waters WV, 25419.
Envíe una copia del aviso de embargo al propietario de la embarcación y a todas las demás partes aseguradas en el título. Identificar las partes a través del Centro Nacional de Documentación de Buques.
Consejos
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En muchos estados, si una persona arregla o modifica un bote pero el propietario se niega a pagar por los bienes o servicios prestados, el comerciante puede presentar un "gravamen de mecánico" contra el bote. Estos a menudo no requieren una sentencia judicial; sin embargo, el proceso varía según el estado, así que consulte con un abogado en su estado para ver si es elegible para presentar un gravamen de mecánico.
Advertencia
Los gravámenes no garantizan el reembolso. El propietario de la embarcación puede simplemente negarse a vender la embarcación o, si existen otros gravámenes (como una compañía financiera) que tienen prioridad, es posible que no vea la deuda pagada, incluso si la embarcación se vende en una subasta.