La seguridad en el lugar de trabajo se convirtió en un mandato nacional cuando el Congreso aprobó la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de 1970. Esta ley creó la Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo (OSHA, por sus siglas en inglés) dentro del Departamento de Trabajo de EE. UU. Mandato de analizar y atender lesiones en el trabajo.
Todos los empleadores del sector privado deben notificar a OSHA sobre muertes relacionadas con el trabajo, lesiones graves, amputaciones y pérdida de la vista.
Situaciones de reporte definidas
No todos los ingresos hospitalarios son reportables.. OSHA define la hospitalización hospitalaria como ingreso para tratamiento o atención médica, no observación o prueba. Un empleado que se cayó de una escalera mientras arreglaba la mercancía y pasaba la noche en el hospital para que los médicos puedan vigilarlo en busca de síntomas de conmoción cerebral no crea la necesidad de llamar a OSHA. Sin embargo, si ese mismo empleado sufrió lesiones internas y fue admitido formalmente como paciente dentro de las 24 horas posteriores a la caída, su empleador tiene 24 horas después de haber sido informado de la situación para informar el incidente a OSHA.
Las amputaciones desde la perspectiva de OSHA incluyen brazos, piernas, dedos o dedos de los pies cortados por la maquinaria y aquellos removidos quirúrgicamente debido a un daño irreparable. Las yemas de los dedos perdidos también entran en la definición de amputación de OSHA incluso cuando no hay hueso involucrado, al igual que cualquier parte del cuerpo parcial o totalmente cortada que los médicos vuelven a colocar.
La ceguera como lesión relacionada con el trabajo no constituye un incidente notificable, a menos que resulte en que el empleado sea admitido en el hospital para recibir tratamiento y se convierta en una hospitalización. Para propósitos de reporte de OSHA, la pérdida de ojo significa que el globo ocular del empleado fue removido.
Marcos de tiempo críticos
Para cumplir con los requisitos de información de OSHA, todos los empleadores deben ser conscientes de cuándo ocurre un incidente que causa la muerte, la amputación o la pérdida de la vista. Deben alertar a OSHA de cualquier muerte de un empleado que ocurra dentro de los 30 días posteriores al incidente relacionado con el trabajo que lo llevó. Después de darse cuenta de la muerte, los empleadores tienen ocho horas para contarle a OSHA. Si la empleada muere 31 días después de haber sido lastimada en su trabajo, su muerte no es informable por la OSHA.
La ventana de reporte es de 24 horas cuando un accidente en el trabajo resulta en que un empleado se someta a una amputación o pierda un ojo. Por ejemplo, una amputación realizada seis semanas después del accidente no requiere ser reportada. Un empleador también debe mirar el reloj después de conocer la condición del empleado. OSHA desea ser informada no más de 24 horas después de que el empleador reciba las noticias. El plazo de 24 horas también se aplica al cuarto tipo de evento notificable: hospitalizaciones de pacientes asociados con un incidente relacionado con el trabajo.
Requisitos de detalle
A partir de la fecha de publicación, los empleadores tienen dos formas de informar a OSHA de un incidente notificable, aunque OSHA ha anunciado planes para ofrecer informes en línea.
- Pase por o llame a una oficina de área de OSHA cercana, o
- Llame al número gratuito de OSHA: 800-321-OSHA (6742).
Antes de comunicarse con OSHA, los empleadores deben recopilar información específica para cumplir con el requisito de informes:
- Donde ocurrió el incidente
- Cuando ocurrió el incidente
- Número de empleados afectados
- Tipo de incidente: muerte, amputación, hospitalización o pérdida de un ojo
- Breve descripción del evento.
OSHA también necesitará el nombre de la organización más un número de teléfono y el nombre de su persona de contacto designada.
Los empleadores en cualquiera de los 27 estados o territorios con su propio programa de seguridad y salud ocupacional aprobado por OSHA reportan esta misma información directamente a su plan estatal.